REGLAMENTO DISCIPLINARIO REGULADOR DEL ACCESO, PERMANENCIA Y USO DE LAS INSTALACIONES DEL SEVILLA F.C., SAD
Artículo 5. Condiciones de acceso a las Instalaciones
Queda totalmente prohibida la introducción en las instalaciones de cualquiera de los siguientes objetos:
a) Cualquier tipo de armas u otra clase de objetos o instrumentos que puedan producir los mismos resultados que aquéllas.
b) Bengalas, petardos, explosivos, o, en general, productos inflamables, fumíferos o corrosivos.
c) Bebidas alcohólicas, drogas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas.
d) Pancartas, banderas, símbolos u otros distintivos con mensajes que inciten a la violencia, sean vejatorios, contengan injurias, amenazas, insultos, o que impliquen cualquier tipo de discriminación por razón de raza, religión, convicciones personales, u orientación sexual, o que atenten contra la dignidad de las personas físicas o jurídicas o de cualquier institución, sea pública o privada, o que constituyan un acto de menosprecio manifiesto a las personas participantes en el espectáculo o acontecimiento deportivo.
e) Cualquier otro elemento prohibido legal o reglamentariamente.
Al ser la seguridad en los eventos deportivos nuestra mayor prioridad, queda situada la siguiente cartelería en los accesos a nuestro estadio